"DJ1929, DJ1963, DJ1964: ¿Cuál formulario necesitás para declarar tus criptos en Chile?"
2026-04-03 · CriptoClaro
Introducción
Si operaste con criptomonedas en Chile durante 2025, seguramente escuchaste hablar de las DJ1963 y DJ1964 que el SII implementó este año. Hay mucha confusión sobre qué son y qué tenés que hacer vos como inversor. Acá te lo aclaramos.
La confusión más común
Cuando el SII habla de DJ1963 y DJ1964, mucha gente asume que son formularios que ellos tienen que completar. Eso no es correcto.
¿Qué son DJ1963 y DJ1964?
Las DJ1963 y DJ1964 son declaraciones juradas que presentan los exchanges e intermediarios ante el SII — no los inversores individuales.
- DJ1963 ("Declaración Jurada Anual sobre Activos Digitales — Contribuyentes con Residencia Tributaria en el Extranjero"): La presentan los exchanges chilenos para reportar las operaciones de sus usuarios no residentes en Chile.
- DJ1964 ("Declaración Jurada Anual sobre Activos Digitales — Contribuyentes con Residencia Tributaria en Chile"): La presentan los exchanges para reportar las operaciones de sus usuarios residentes en Chile. Esta es la que más nos afecta.
Es decir: Buda.com, Binance Chile, Orionx y otros exchanges ya le están enviando al SII el detalle de todas tus transacciones del 2025. El plazo para estos exchanges es el 30 de junio de 2026.
¿Y qué hacés vos como inversor?
Tu obligación como persona natural sigue siendo la misma de siempre: declarar tus ganancias en el Formulario 22, casilla 1032, antes del 30 de abril de 2026.
La diferencia con años anteriores es que ahora el SII ya tiene los datos de tus transacciones antes de que vos declares. Si tu F22 no coincide con lo que los exchanges reportaron, el SII puede enviarte una observación o fiscalizarte directamente.
Si querés saber cómo declarar paso a paso, te recomendamos leer nuestra guía completa de Operación Renta 2026.
¿Y qué es DJ1929?
DJ1929 es una declaración jurada diferente, relacionada con inversiones en el extranjero y portafolios de activos generales. No es específica de criptoactivos. Algunas plataformas de inversión multi-asset la generan para sus usuarios que tienen acciones o ETFs en el exterior.
Para la declaración de criptomonedas en el Formulario 22, la DJ1929 no es el documento correcto. Lo que el SII requiere para cripto en 2026 es que la ganancia esté en la casilla 1032 del F22, calculada con el método WAC (Costo Promedio Ponderado) con ajuste IPC.
Resumen rápido
| Formulario | ¿Quién la presenta? | ¿Para qué? |
|---|---|---|
| DJ1929 | Inversores / plataformas de inversión | Portafolio general (acciones, ETFs, instrumentos en exterior) |
| DJ1963 | Exchanges / intermediarios | Reporte de usuarios NO residentes en Chile |
| DJ1964 | Exchanges / intermediarios | Reporte de usuarios RESIDENTES en Chile |
| F22 casilla 1032 | Vos como inversor | Tu declaración de ganancias en criptoactivos |
¿Cómo calcula CriptoClaro?
CriptoClaro importa tu historial de transacciones desde los exchanges (CSV), aplica el método WAC con ajuste IPC según la normativa del SII, y te entrega el monto exacto que debés ingresar en la casilla 1032 de tu F22.
No generamos DJ1963 ni DJ1964 porque esas las presentan los exchanges directamente ante el SII. Lo que hacemos es ayudarte a calcular correctamente tu ganancia para que tu F22 coincida con lo que el SII ya sabe gracias a esas declaraciones.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que presentar la DJ1963 o DJ1964 yo mismo?
No. Las DJ1963 y DJ1964 las presentan los exchanges e intermediarios de criptoactivos ante el SII. Vos como inversor solo tenés que declarar tus ganancias en el Formulario 22, casilla 1032.
¿Qué pasa si no declaro mis criptos en el F22?
Desde 2026, los exchanges envían tus datos directamente al SII mediante las DJ1963/DJ1964. Si el SII detecta operaciones que no declaraste, puede enviarte una observación o iniciar una fiscalización. En 2025 ya cerraron 13 casos de evasión relacionados con criptoactivos.
¿Necesito la DJ1929 para declarar mis criptomonedas?
No. La DJ1929 es para inversiones generales en el exterior (acciones, ETFs, etc.) y no aplica a criptoactivos. Para cripto, tu obligación es declarar la ganancia en la casilla 1032 del F22 usando el método WAC con ajuste IPC.
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